26 de febrero de 2015

Qué mas da, si Frozen o Candy Crush

por @Francisruizp


De tanto repetirlo, la palabra "casta" se ha vuelto pedante. Pero quizás sea lo que mejor define a esta "clase política" que debemos soportar en España. 

Consiguen un contrato inquebrantable de cuatro años, un asiento durante casi un lustro que sólo puede ser revocado por un milagro digno de San Agustín. 

Queda claro que los diputados que "trabajan" en el Congreso no se rigen por ninguna legislación laboral. También es obvio que no es lo mismo utilizar Twitter o Facebook durante, por ejemplo, un Debate sobre el estado de la nación, para comunicar todo lo que está aconteciendo, o jugar a un jueguecito de unir figuras mientras presides el Parlamento. 

Es motivo de debate si un trabajador que no se incluya en esa casta pueda ser o no despedido por utilizar dispositivos móviles durante su horario laboral. Se puede estar más o menos de acuerdo con esto, pero lo que es innegable, es que algunos tienen una sobreprotección inherente al cargo de la que el resto de mortales carecemos. Ya puede ser Facebook, Whatsapp, Twitter, Candy Crush o Frozen. Quizás esto forme parte de eso que llaman "casta".

Aquí varias sentencias judiciales que confirman ese abismo que existe entre un trabajador y esa élite que legisla: 

  • En marzo de 1999 el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña confirma la procedencia del despido de una trabajadora por utilizar el teléfono de empresa para fines particulares 
  • En enero de 2010 el Juzgado de lo Social nº 13 de Valencia declara procedente el despido de una trabajadora que utilizaba el ordenador de empresa para fines particulares, en concreto, chatear. 
  • En julio de 2011 el Tribunal de Justicia de La Rioja confirma el despido disciplinario de un trabajador por conectarse a Facebook durante la jornada laboral. 
  • En octubre de 2011 el Tribunal Supremo confirma la procedencia de un despido por utilizar el ordenador de empresa para gestionar redes sociales particulares. 
  • En mayo de 2013 el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León confirma la procedencia del despido disciplinario de una trabajadora por utilizar excesivamente internet para consultas personales en horario de trabajo. 
  • En el Reino Unido, el Ministerio de Trabajo y Pensiones despidió a once trabajadores por usar Twitter o Facebook desde su puesto de trabajo. 

He puesto sólo algunos ejemplos de los que me he encontrado en una rápida búsqueda en Google. Os prometo que lo he hecho en mi día libre, fuera del horario laboral 

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